PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° DE-11-013
MEDIANTE LA CUAL SE PRORROGA POR EL PERÍODO DE UN (01) AÑO LA VIGENCIA DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 067, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL N° 39.449, DE FECHA 18 DE JUNIO DE 2010.
Artículo 1.- Se prorroga por un período de un (1) año la vigencia de la Providencia Administrativa N° 057, dictada en fecha 16 de mayo de 2010, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.449, de fecha 18 de junio de 2010, mediante la cual se prorroga por e¡ mismo lapso la Providencia Administrativa N° 9 de fecha 23 de abril 2007 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.692, de fecha 28 de mayo de 2007, la cual establece suspender por un período de tres (3) años el otorgamiento de Delegaciones para la importación de máquinas traganíqueles, así como las solicitudes de registros de empresas fabricantes, ensambladoras, importadoras, comercializadoras y/o distribuidoras de máquinas traganíqueles.
Artículo 2.- Como consecuencia de la prórroga acordada, se mantiene la suspensión del otorgamiento de Delegaciones de Importación, así como de los registros de empresas ensambladoras, importadoras, comercializadoras y/o distribuidoras de máquinas traganíqueles, por un periodo de un (1) año.
Artículo 3.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Providencia, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Maquinas Traganíqueles y demás normativa que resulte aplicable.
Artículo 4.- La presente Providencia entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Bienvenido/a a ASESOR JURÍDICO FINANCIERO, Gracias por Visitarnos, realice su consulta y pronto la atenderemos.