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jueves, 12 de mayo de 2011

Ley de Trabajadores Residenciales

Publicada en Gaceta Oficial Ley de Trabajadores Residenciales

En el texto se especifica que las funciones de estos empleados serán las relativas al aseo de las áreas comunes, y que no realizarán reparación de desperfectos; control del cumplimiento de servicios como electricidad, agua, gas; o trabajos especializados, especialmente los que requieran esfuerzo físico

 
Este lunes fue publicada en Gaceta Oficial 39.668, de fecha viernes 6 de mayo de 2011, la Ley especial para la dignificación de Trabajadores y Trabajadoras residenciales, decretada por el presidente Hugo Chávez a través de la Ley Habilitante.

En el texto legal se definen los derechos y funciones de las personas que trabajan en el área de mantenimiento de edificios y conjuntos residenciales o comerciales, así habiten en ellos o no.

Igualmente, se especifica que las funciones de estos empleados serán las relativas al aseo de las áreas comunes, y que no realizarán reparación de desperfectos; control del cumplimiento de servicios como electricidad, agua, gas; o trabajos especializados, especialmente los que requieran esfuerzo físico.

En el artículo 14 se establece que los trabajadores deberán contar con asistentes si deben abarcar áreas demasiado extensas, aunque no se especifican las medidas que debe atender cada empleado.

La jornada laboral será diurna, con fines de semana libres. Los trabajadores gozarán de todos los beneficios laborales, y las trabajadoras tendrán beneficios de maternidad.

Aquellos que habiten en los conjuntos en los que se desarrolle la jornada, tendrán tres meses para desalojar el inmueble asignado si la relación de trabajo termina.

La propia ley excluye el término "conserje" por considerarlo despectivo y referente a un modelo esclavizante.
 
Fuente: El Nacional Jueves, 12 de mayo de 2011 • CARACAS/VENEZUELA al 

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